Costas impuestas en un procedimiento judicial, deducibles en el Impuesto sobre Sociedades.
Para obtener la base imponible del Impuesto sobre Sociedades hay que corregir el resultado contable obtenido por la aplicación de los principios determinados en el Plan General de Contabilidad (RD 1514/2007 o RD 1515/2007 según corresponda), con los AJUSTES necesarios para adecuar la normativa contable a los criterios fiscales establecidos en la Ley 27/2014 y Reglamento RD 634/2015 del Impuesto sobre Sociedades.

